Nuestro Compromiso

Política anticorrupción y soborno

INTRODUCCIÓN

Andrick Consultores está comprometida a realizar nuestros negocios con honestidad, responsabilidad y compromiso, siendo los pilares de nuestro trabajo los mismos que se encuentran identificados como valores institucionales de la empresa en nuestro Sistema de Gestión Integrado.

 

Nuestra política anticorrupción indica que nuestros empleados en general, no pueden pagar sobornos o tratar de influir indebidamente en ninguna otra persona, ya sea en el sector público o privado, incluso si en dicho pago se solicita y se niega su condición de soborno. Esto es aplicable si un pago indebido se hace directamente a través de un empleado de la empresa o a través de un tercero, como agentes o representantes, vendedores, clientes, socios, u otros proveedores de servicios.

 

La Gerencia General es la encargada de velar por el cumplimiento de la presente política, la cual debe reflejarse en todas nuestras actividades, ya que el soborno y la corrupción afectan a las empresas en las que se cometen estos actos que impiden su crecimiento y desarrollo.  Es por ello que consideramos de gran importancia el cumplimiento de la presente política, por tanto, se aplicará tolerancia cero a cualquier acto de soborno y corrupción cometidos por cualquier miembro de la empresa. Cualquier violación o desviación de esta política será considerada como una falta grave y puede resultar en acción disciplinaria.

 

La presente política determina las reglas y principios a los cuales nos regimos, definiendo los procedimientos que llevaremos a cabo para mantener nuestros altos estándares éticos y proteger nuestra reputación contra acusaciones de soborno y corrupción.

 

POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN Y SOBORNO

Fomentamos una cultura ética al rechazar ser parte de actividades de corrupción, promoviendo la probidad en el personal, el planteamiento de inquietudes de buena fe o sobre la base de una creencia razonable, sin temor a represalias ante el informe de casos de corrupción.

 

Contamos con un funcionario de cumplimiento que ejerce con autoridad la gestión antisoborno; así como, el establecimiento y aplicación de medidas disciplinarias ante el incumplimiento de esta política de gestión y valores organizacionales.

 

Garantizamos la eficacia, y mejora continua del sistema de gestión antisoborno, el cumplimiento de los requisitos legales, normativa y otros aplicables a la organización.

 

LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN Y SOBORNO

 

En relación con los sobornos

Está prohibido realizar pagos, promesas de pago o recompensas, directas o indirectas, en dinero o especies, a funcionarios públicos o familiares de estos; con la finalidad de influir indebidamente en la toma de decisiones, generar o mantener un negocio u obtener beneficios.

 

Financiamiento de actividades políticas

No se permite el uso de fondos, propiedades u otros recursos de la empresa para hacer aportes o contribuciones, directas o indirectas, a partidos políticos, representantes de partidos políticos y/o candidatos a cargos políticos.  Los trabajadores de manera independiente, tiene la libertad de pertenecer a cualquier partido político que deseen, pero las actividades que en ellos realicen no deberán relacionarse en ningún momento con las funciones o actividades que realicen al interior de la empresa, ni podrán utilizar el cargo o recursos asignados por la empresa para actividades políticas.

 

Regalos, atenciones y/o dádivas

Los trabajadores de la empresa están prohibidos de realizar regalos atenciones, dádivas, entre otros, que pudieran interpretarse como una forma de influencia en una relación o decisión comercial; principalmente cuando se trate de algún funcionario público.

 

Por ello se debe tener en cuenta que los almuerzos y demás atenciones a funcionarios públicos sólo están permitidos cuando se trate de una acción legítima del negocio y no pueda interpretarse como una forma de influencia indebida.

 

En el caso de funcionarios públicos, sólo está permitida la entrega de presentes institucionales, siempre y cuando éstos vayan a ser entregados de manera general a diversas empresas y personas.  No se permite realizar otro tipo de regalos, en dinero o especie, a funcionarios públicos.

 

Se puede realizar el pago de viajes, estadía y viáticos a funcionarios públicos, solo cuando su presencia sea necesaria para acciones legítimas del negocio, como expositores o asistentes a eventos organizados por el grupo.  En ningún caso se incluirá el pago a familiares de dichos funcionarios.

 

Se permite la realización de capacitaciones a funcionarios públicos en temas inherentes al giro del negocio, con la finalidad de reforzar su conocimiento en temas especializados.

 

Se permite recibir regalos y/o merchandising por importes de hasta S/ 100.00 soles, los cuales deben ser informados al funcionario de cumplimiento para que en coordinación con la gerencia dispongan su destino.

 

El registro contable de todos los gastos relacionados a regalos, atenciones y otros similares, se deben ajustar a la normativa vigente, reflejando con claridad el propósito para el cual fueron realizados.

 

Donaciones

Como parte del trabajo de responsabilidad social que realiza la empresa, se permite la realización de donaciones a instituciones, asociaciones u ONG sin fines de lucro debidamente registradas, las cuales no suponen recibir a cambio un beneficio indebido.  Para hacer efectiva esta donación, deberá contarse con una carta de solicitud de la entidad perceptora, la misma que deberá otorgar un certificado de donación, a fin de poder justificar tributariamente el gasto realizado, siendo de esta manera una actividad transparente.

 

También se permiten donaciones a entidades deportivas con la previa presentación de la solicitud respectiva por escrito, especificando el uso de dicha donación, así como auspicios en eventos con propósitos educativos (Congresos, seminarios, capacitaciones, etc.)

 

Futuros socios

Se debe tomar conocimiento de los antecedentes y prácticas comerciales y de anticorrupción de cualquier empresa o persona con la cual se desee formar en el futuro una alianza estratégica, fusión u otorgamiento de franquicia.

 

Registros contables y controles internos

Andrick Consultores se caracteriza principalmente por combatir la deshonestidad, por ello los gastos realizados en sus diversas operaciones se registran de manera clara y transparente, contamos con todos los libros contables establecidos por Ley y cumplimos con el pago de todos los tributos que se aplican a nuestras actividades de manera oportuna.  Del mismo modo, exigimos a nuestros trabajadores y proveedores que toda actividad de relación con la empresa sea legítima, y se realice de acuerdo a la normativa contable, financiera y legal vigente.

 

MEDIDAS DISCIPLINARIAS ANTE INCUMPLIMIENTO

El incumplimiento de la presente política se encuentra sujeto a la investigación correspondiente, así como a la aplicación de las sanciones disciplinarias estipuladas.

 

Los empleados que de alguna manera sean víctimas de algún chantaje o extorsión, o que tengan conocimiento de que algún trabajador de la empresa está inmerso en algún acto de soborno o corrupción, deberá de informarlo de inmediato al funcionario de cumplimiento de la empresa.

 

CONCEPTOS A TENER EN CUENTA

 

CORRUPCIÓN

Practica que consistente en la utilización de las funciones y medios en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores.  Es el uso de un poder confiado para obtener un beneficio indebido.

Para que un acto de corrupción pueda concretarse con éxito, es necesario que confluyan tres condiciones:

  • Falta de transparencia en la toma de decisiones y/ o en la gestión de recursos.
  • Debilidad de los mecanismos de control y sanción.
  • Incapacidad de los ciudadanos para vigilar la gestión.

 

SOBORNO

Oferta, promesa, entrega, aceptación o solicitud de una ventaja indebida de cualquier valor que puede ser de naturaleza financiera o no financiera, directa o indirectamente, e independiente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que una persona actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de las obligaciones de esa persona.

El soborno puede adoptar diferentes formas, pero en general incluye la intención de la corrupción, y por lo general ambas partes se benefician de manera deshonesta.  El Soborno puede ser:

  • Una promesa directa o indirecta, una oferta o compromiso, algo de valor.
  • El dar o recibir cualquier gratificación, préstamo, honorario, recompensa u otra ventaja.
  • Proporcionar asistencia técnica, donaciones o los votos diseñados para ejercer una influencia indebida.
  • A los ojos de la ley, el soborno y la corrupción puede ser cometido por:
  • Cualquier empleado, funcionario o director
  • Cualquier persona que actúe en nombre de la empresa (representantes y otras Personas)
  • Las personas y organizaciones en las que permiten que un tercero lleve a cabo estos actos.

 

FUNCIONARIO PÚBLICO

Los funcionarios públicos están ampliamente contemplados en las leyes anticorrupción. Incluyen:

  • Jefes de estado, ministros y otros cargos políticos;
  • Funcionarios civiles
  • Otros empleados contratados a tiempo completo o parcial por el gobierno
  • Ciudadanos privados con algún cargo público
  • Personal de seguridad (militares, policías, agentes de inteligencia)
  • Jueces y legisladores
  • Directores y empleados de empresas estatales o controladas por el estado
  • Empleados de otras instituciones públicas, incluidos las universidades, laboratorios, hospitales y similares.



Erick Del Águila
Director Gerente
Ver 04 / 01-03-2024